Reformas a la Ley General de Sociedades Mercantiles.

El pasado 14 de junio del 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto mediante el cual se adicionaron diversas disposiciones a la Ley General de Sociedades Mercantiles, en lo sucesivo la “Ley”, mismas que entraron en vigor el pasado 19 de diciembre de 2018.

Con las adiciones a la Ley, se establece la obligación a las sociedades mercantiles de publicar los asientos de sus libros corporativos, en los que se haga constar el cambio de su estructura societaria a través de la transmisión de acciones (sociedad anónima) y partes sociales (sociedad de responsabilidad limitada) por medio de un aviso a través del “Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles” establecido por la Secretaria de Economía, transparentando las transmisiones correspondientes, con la finalidad de identificar al beneficio final (entendiendo a este como aquella persona física que obtiene los beneficios o ejerce el control sobre la persona moral) de dichas sociedades.

Cabe destacar, que en los casos de las Sociedades Anónimas, el aviso del registro que se lleve a cabo en el Libro de Registro de Acciones, conservará el nombre del accionista, su domicilio y nacionalidad con carácter confidencial, excepto en los casos en que la información sea solicitada por autoridades judiciales o administrativas. Por el contrario, en el caso de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, los avisos del registro que se lleven a cabo en el Libro Especial de Socios, no tendrán el carácter de confidencialidad y en consecuencia, la información relativa al nombre y domicilio de los socios será del dominio público.

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